lunes, 20 de abril de 2020

A PROPÓSITO DEL PICO Y GENERO


A través del decreto 106 de 2020, se reglamentó en Bogotá, la medida de “pico y  género”, con el propósito de regular la presencia de los ciudadanos y ciudadanas en la calle para evitar aglomeraciones en tiendas, supermercados, plazas de mercado, bancos etc; y por ende prevenir la proliferación del COVID 19 y el aumento de casos en la ciudad.

La regla general es que todos se queden en casa. Pero los días pares las mujeres pueden salir a abastecerse, ir al banco, o realizar un servicio notarial. Los días impares lo podrán hacer los hombres.

Los transgénero lo harán de acuerdo a su identidad de género.
Las personas intergénero o no binarias, como medio de autorregulación y responsabilidad colectiva, podrán escoger individualmente un único día, par o impar, para transitar según las reglas del aislamiento preventivo obligatorio.

¿Qué pasará con los ciudadanos que incumplan la medida?
Quién incumpla la restricción será sancionado con amonestación, contravención de policía, multas económicas, cierre en caso de establecimientos de comercio, y hasta privación de la libertad.

La multa económica por incumplir la norma asciende a los 936.323 pesos más la sanción pedagógica.

¿En los casos de violencia contra la mujer o contra los niños a dónde se puede denunciar?
En la cuarentena el Distrito seguirá facilitando la atención de las mujeres que requieran hacer denuncias por agresión, a través de la línea 123, y la línea Púrpura 018000 112 137 o al Whatsapp 300 7551846; al 380 84 00 de las Comisarías de Familia o Línea 122 de la Fiscalía General de la Nación.

Para reportar violencias en el hogar contra niños, niñas, adolescentes o adultos mayores por la línea 141 del ICBF.
Para la atención integral de los sectores LGBTI que sean víctimas de violencia por su orientación sexual o identidad de género podrán hacer su denuncia a través del correo casa.refugio@gobiernobogota.gov.co.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario